Notaria

Autorización Permanente

Para Salida del País de un Menor de Edad

Autorización Permanente para Salida del País de un Menor de Edad

Ley 1878 Y 1818

Este permiso conservará su vigencia hasta tanto no sea revocado expresamente por el padre que autorizo mediante escritura pública debidamente otorgada, o hasta tanto no se compruebe la mayoría de edad del menor.

Requisitos para realizar autorización permanente para salida del país de un menor de edad:

  • Copia autentica de las cedulas de ciudadania de ambos padres del menor.
  • El permiso lo conceden los padres que tengan la patria potestad del menor.
  • Copia autentica del registro civil de nacimiento del menor al que se le autoriza la salida del país.
  • Si alguno de los padres renunció o por algún motivo perdió la patria potestad sobre un menor, anexar la conciliación, providencia… en la cual este consignado dicho procedimiento.