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Matrimoniales o Maritales

Capitulaciones Matrimoniales o Maritales

Articulos 1771 y siguientes de Código Civil

Se conocen con el nombre de capitulaciones matrimoniales las convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio.

Las capitulaciones matrimoniales relativas a los bienes que aportan dentro de la sociedad conyugal, y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o futuro.

Las capitulaciones matrimoniales o maritales se realizan ANTES la constitución del matrimonio o de la unión marital de hecho.

Requisitos para constitución de capitulaciones matrimoniales:

  • Copia de las escrituras si se van a capitular bienes inmuebles.
  • Copia de los certificados si se van a capitular bienes muebles: (certificados de cuentas, cdt, acciones, matrícula de vehículos y avaluó, certificado de abono o pago compra de un inmueble, etc).
  • Copia de los certificados de pasivos y su valor, si se van a capitular pasivos.
  • Copia de las cedulas de los interesados.