Fideicomiso Civil
Según lo definido por el artículo 794 del Código Civil
“Se llama propiedad fiduciaria la que está sujeta al gravamen de pasar a otra persona por el hecho de verificarse una condición”
Esta condición es la establecida en la escritura, que una vez verificada dará el derecho sobre el inmueble objeto del fideicomiso a los beneficiarios.
Requisitos para realizar escritura de fideicomiso Civil:
- Copia de la escritura de los inmuebles objeto de fideicomiso.
- Paz y salvo del impuesto predial municipal vigente.
- Paz y salvo de valorización municipal vigente.
- Paz y salvo de valorización departamental vigente, si se encuentran los bienes inmuebles en el departamento de Antioquia, en un municipio diferente a Medellín.
- Copia del certificado de libertad y tradición expedido el día de la firma del instrumento público.
- Fotocopia de cédulas tanto de la persona que constituye el fideicomiso (fideicomitente) como de los beneficiarios (Personas naturales).
- Si una de las partes es una sociedad, copia del certificado de existencia y representación legal de esta vigente, más copia de la cedula del representante legal de la sociedad.